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Desde la primera audiencia hasta el juicio oral, como imputado o como querellante. Nuestra mayor profundidad está en los delitos sexuales.

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Alimentos, divorcio, cuidado personal y violencia intrafamiliar. Le explicamos cada etapa en un lenguaje que se entiende.

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Derecho de familia

Abogado de familia para decisiones difíciles, bien acompañadas

Buscar un abogado de familia casi nunca es una decisión tranquila. Detrás hay una pensión que no llega, un matrimonio que terminó, hijos en el medio o una situación de violencia que ya no se sostiene. Llevamos esas causas ante los tribunales de familia de todo Chile con rigor técnico y con el cuidado que su familia merece.

Marca grafica del area de derecho de familia
§ 01 Qué hacemos

Un área donde el derecho y la vida se cruzan

Las causas de familia se tramitan ante los tribunales de familia y se rigen por las normas sobre alimentos, matrimonio civil y protección de la infancia. En la práctica eso significa audiencias, prueba y una contraparte con la que usted seguirá teniendo vínculo por años. No es un litigio que se cierra y se olvida.

Nuestro equipo lleva causas de pensión de alimentos, divorcio, violencia intrafamiliar y cuidado personal, en Santiago y en regiones, aprovechando que buena parte de la tramitación es electrónica.

Lo primero que hacemos no es demandar. Es entender qué está pasando y decirle con franqueza qué camino tiene sentido: a veces un acuerdo bien redactado protege más que una sentencia; a veces hay que litigar sin titubeos.

§ 02 Cuándo llamarnos

Con estas frases empiezan casi todas nuestras consultas

Si alguna se parece a lo suyo, ya sabe que no es el primero.

01

“Hace meses que no me deposita la pensión”

Hay vías distintas según exista o no un monto fijado, y conviene elegir bien. Lo primero suele ser liquidar la deuda ante el tribunal para saber, con cifra oficial, cuánto se debe.

02

“Quiero divorciarme y no sé por dónde partir”

El camino cambia según si hay acuerdo, si hay hijos menores y si existe un desequilibrio económico que dé lugar a compensación. Ordenamos esas tres preguntas antes de presentar nada.

03

“No me deja ver a mis hijos”

La relación directa y regular es un derecho del niño antes que del adulto. Se puede fijar, modificar o hacer cumplir, y también discutir el cuidado personal si las circunstancias cambiaron.

04

“Tengo miedo en mi propia casa”

Los tribunales de familia pueden decretar medidas cautelares de protección, y si los hechos son delito interviene el Ministerio Público. Aquí se actúa primero y se ordenan los papeles después.

Si hay riesgo ahora, esto va antes que cualquier abogado. Ante una agresión en curso o una amenaza inmediata, llame al 133, fono de emergencias de Carabineros de Chile. Para orientación en violencia contra las mujeres existe el 1455, del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género. Un estudio jurídico no reemplaza esas dos líneas: las complementa después.
§ 04 Alcance del servicio

Qué sí es y qué no es este servicio

Preferimos decirlo antes de la primera hora.

Qué SÍ hacemosQué NO hacemos
Evaluar sus antecedentes y decirle qué escenarios permite la ley con la prueba disponible. Anticiparle un resultado. Nadie puede garantizar lo que decidirá un tribunal.
Prepararlo y representarlo en mediación y en cada audiencia. Prometer un plazo de término. Los tiempos dependen del tribunal y de la contraparte.
Redactar acuerdos que resistan el tiempo y el examen del juez. Avalar acuerdos de palabra, sin aprobación judicial.
Entregar honorarios por escrito, con etapas y alcance definidos. Cobrar un porcentaje sobre lo que se obtenga en una causa de familia.
Decirle cuándo lo razonable no pasa por contratarnos. Alargar un conflicto que ya tiene salida negociada.
El consejo que no le daría un vendedor. En alimentos, cuidado personal y relación directa y regular la mediación es previa y obligatoria, se pide en los centros licitados por el Ministerio de Justicia y es gratuita salvo que se acredite capacidad de pago. Si su caso es simple y todavía hay diálogo con la otra parte, es legítimo intentarla usted mismo antes de contratar a nadie. Y si sus ingresos lo sitúan dentro de los mecanismos de focalización de la Corporación de Asistencia Judicial, ahí puede obtener representación judicial gratuita. Se lo decimos aunque signifique que no nos contrate.
§ 05 Cómo avanza

Así avanza una causa de familia en Chile

Conocer el camino baja la ansiedad. La mayoría de las causas sigue esta secuencia.

Etapa 01

Mediación previa

La ley exige intentarla antes de demandar. El proceso tiene un plazo máximo de sesenta días, ampliable por otros sesenta si ambas partes lo acuerdan. Si hay acuerdo y el juez lo aprueba, tiene el mismo valor jurídico que una sentencia; si no, se certifica y queda abierta la vía judicial.

Etapa 02

Demanda y audiencia preparatoria

En la audiencia preparatoria se fijan los hechos que habrá que probar, se ofrece la prueba y pueden acordarse puntos parciales o medidas provisorias que rijan mientras dura el juicio.

Etapa 03

Audiencia de juicio y sentencia

Se rinde la prueba y el tribunal resuelve. Nuestro trabajo es llegar con los documentos correctos, los testigos preparados y usted sabiendo qué le van a preguntar.

Etapa 04

Cumplimiento

Una sentencia que no se cumple sirve de poco. Según la materia corresponde pedir retención, liquidación de lo adeudado, apremios o la revisión de lo resuelto. Es la etapa más descuidada y donde más se pierde.

La mediación no procede cuando existe o ha existido violencia intrafamiliar. Los plazos varían según el tribunal y la materia: en la consulta damos una proyección realista, no una promesa.

§ 06 Cómo trabajamos

Firmeza cuando hay que litigar, mesura cuando hay que acordar

i

Los niños primero

Cada decisión pasa por un filtro previo: cómo afecta a los hijos. Ganar un punto en audiencia no puede costarle a un niño meses de conflicto evitable.

ii

Sin conflicto innecesario

Si un acuerdo protege sus intereses, se lo diremos aunque el juicio fuera más rentable. Si hay que litigar, se litiga completo.

iii

Claridad económica

Honorarios por escrito, con etapas y alcance definidos antes de empezar. Una causa de familia ya es bastante carga como para sumarle sorpresas.

iv

Respuesta oportuna

En familia los hechos cambian rápido: un incumplimiento, un traslado, una urgencia. Usted habla con el abogado que lleva su causa, no con un intermediario.

Qué recibe usted

Lo concreto, más allá de las buenas intenciones

Una evaluación inicial con reserva absoluta y un diagnóstico honesto. Un plan escrito con las etapas y lo que necesitamos de usted. Aviso anticipado de cada audiencia, con preparación previa. Y después de cada actuación, un resumen claro de qué pasó y qué viene.

Si su caso no es de nuestras materias, se lo diremos en la primera conversación.

§ 07 Preguntas frecuentes

Lo que más se consulta a un abogado de familia

¿Es obligatoria la mediación antes de demandar?

En tres materias sí: pensión de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular. Se pide en los centros licitados por el Ministerio de Justicia y es gratuita salvo que se acredite capacidad de pago. Si no hay acuerdo, se certifica la mediación frustrada y queda abierta la vía judicial. Cuando existe o ha existido violencia intrafamiliar, no se media.

¿Necesito abogado para una causa de familia?

Para la mediación no es indispensable, aunque llegar con los documentos ordenados cambia mucho la conversación. Para el juicio ante el tribunal de familia sí se requiere patrocinio de abogado. Si sus ingresos lo sitúan dentro de los mecanismos de focalización de la Corporación de Asistencia Judicial, puede acceder ahí a representación judicial gratuita.

¿Cuánto demora una causa de familia?

Depende de la materia, de la carga del tribunal, de si hay acuerdo y de cuánta prueba haya que rendir. Una causa con acuerdo completo avanza más rápido que una controvertida con testigos e informes. No damos plazos cerrados por teléfono: en la consulta le explicamos las etapas y qué puede alargarlas.

¿Cómo se determina la pensión de alimentos?

El tribunal pondera las necesidades de los hijos y la capacidad económica de quien paga. La ley fija un mínimo referido al ingreso mínimo y un tope del cincuenta por ciento de los ingresos del alimentante. La cifra concreta la determina el juez o el acuerdo aprobado. El detalle del servicio está en la página de alimentos.

¿El cuidado personal es siempre para la madre?

No. La ley no privilegia a ninguno de los padres por su sexo: el criterio rector es el interés superior del niño, evaluando vínculo, entorno, disponibilidad real y las demás circunstancias. Los padres pueden acordar cómo se organiza el cuidado y, a falta de acuerdo, resuelve el tribunal.

Sufro violencia intrafamiliar, ¿qué protección puedo pedir?

Los tribunales de familia pueden decretar medidas cautelares como la prohibición de acercamiento o la salida del agresor del hogar común. Si los hechos son delito, conoce el Ministerio Público. Ahora bien, si el riesgo es en este momento, lo primero no es un abogado: es Carabineros al 133, y para orientación, el 1455.

¿Atienden causas de familia en regiones?

Sí. Buena parte de la tramitación de familia es electrónica y las audiencias suelen admitir comparecencia remota, de modo que podemos representarlo en tribunales de regiones sin que viaje a Santiago. Las reuniones se coordinan por videollamada y, cuando el caso lo amerita, viajamos.

Primera consulta

Ordenemos su situación familiar, paso a paso

Cuéntenos qué está pasando. Le explicamos sus opciones reales, las etapas y los costos, en un lenguaje que se entiende. Con reserva absoluta.