Acuerdo de Unión Civil en Chile: Derechos y Obligaciones

Desde su entrada en vigencia en octubre de 2015, el Acuerdo de Unión Civil (AUC) ha transformado el panorama del derecho de familia en Chile, reconociendo legalmente las uniones afectivas de parejas tanto del mismo como de distinto sexo que no desean o no pueden contraer matrimonio. Sin embargo, muchas personas aún desconocen con precisión los derechos y obligaciones que emanan de este acuerdo, así como las implicancias legales de celebrarlo o ponerle término.

¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil?

El AUC es un contrato celebrado entre dos personas, mayores de 18 años, que comparten un hogar de hecho y desean regular sus relaciones mutuas. A diferencia del matrimonio, el AUC puede ser celebrado por parejas del mismo o distinto sexo y se formaliza ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. Los convivientes civiles adquieren un estado civil propio: el de «conviviente civil».

Efectos personales del AUC

El AUC genera importantes efectos en la esfera personal de los convivientes:

  • Deber de ayuda mutua: similar al deber de socorro conyugal, los convivientes civiles tienen la obligación de prestarse asistencia y apoyo recíprocos.
  • Derechos sucesorios: el conviviente civil sobreviviente tiene derechos hereditarios equivalentes a los del cónyuge, integrando el primer orden de sucesión junto a los hijos.
  • Derechos en materia de salud: el conviviente civil puede ser beneficiario de ISAPRE o Fonasa de su pareja, y tomar decisiones médicas en casos de incapacidad.
  • Bien familiar: es posible declarar bien familiar el inmueble que sirve de residencia principal a los convivientes.

Régimen patrimonial: la comunidad de bienes

Una diferencia relevante respecto al matrimonio es que el AUC no genera automáticamente una sociedad conyugal. Sin embargo, si los convivientes no estipulan lo contrario al momento de celebrar el acuerdo, quedan sujetos al régimen de comunidad de bienes, similar a la sociedad conyugal simplificada: los bienes adquiridos durante la vigencia del AUC pertenecen por mitades a ambos convivientes.

Si ninguno de los dos desea este régimen de comunidad, pueden optar por la separación de bienes, donde cada conviviente mantiene el dominio exclusivo de sus propios bienes y deudas. Esta elección debe hacerse al celebrar el AUC, ya que modificarla posteriormente requiere trámites adicionales.

Término del Acuerdo de Unión Civil

El AUC puede ponerse término por diversas causales:

  1. Mutuo acuerdo: ambos convivientes comparecen ante el Registro Civil y expresan su voluntad de terminar el acuerdo.
  2. Voluntad unilateral: uno de los convivientes notifica a través de un ministro de fe su decisión de poner término al AUC. En este caso, el conviviente que termina unilateralmente el acuerdo puede quedar obligado a pagar una compensación económica.
  3. Matrimonio entre los convivientes: si deciden contraer matrimonio, el AUC termina automáticamente.
  4. Muerte de uno de los convivientes: el fallecimiento extingue el acuerdo de pleno derecho.

Compensación económica en el AUC

Al igual que en el divorcio matrimonial, el conviviente civil que, a consecuencia del AUC, se dedicó al cuidado de los hijos o del hogar común, puede tener derecho a una compensación económica al término del acuerdo. Esta compensación busca subsanar el menoscabo económico sufrido por quien postergó su desarrollo profesional en beneficio de la vida en común y debe ser acordada o determinada judicialmente.

La importancia de asesorarse antes de celebrar o terminar un AUC

Aunque el AUC es un trámite relativamente sencillo de celebrar, sus consecuencias legales en materia patrimonial y sucesoria pueden ser muy significativas. Antes de firmar este acuerdo, es fundamental comprender qué régimen patrimonial se está adoptando y cuáles son las implicancias a futuro.

Un abogado especialista en derecho de familia en Chile puede orientarle sobre cuál régimen patrimonial conviene más según su situación, cómo proteger los bienes que trae a la unión, y qué derechos y obligaciones asume al celebrar o terminar el AUC. La asesoría jurídica oportuna previene conflictos costosos y garantiza que sus decisiones sean verdaderamente informadas.

Conclusión

El Acuerdo de Unión Civil es una figura legal que otorga importantes derechos y genera obligaciones concretas para quienes lo celebran. Su regulación abarca desde el régimen de bienes hasta los derechos sucesorios, pasando por las condiciones para su término y la eventual compensación económica. Conocer estas materias es esencial para tomar decisiones responsables sobre su vida en pareja.

En Guevara y Asociados, nuestros abogados de familia están disponibles para resolver sus dudas y acompañarle en cualquier gestión relacionada con el AUC. Consúltenos sin compromiso.